CBAM vs Sistema EU ETS: diferencias y relación entre ambos mecanismos
El CBAM vs EU ETS forman los dos pilares del sistema europeo de precio al carbono. Con frecuencia se tratan como sinónimos o se confunden. No lo son. Tienen sujetos obligados distintos, funcionan de forma diferente y afectan a las empresas de formas muy distintas.
En NATECO te explicamos con precisión qué es cada uno, cómo se diferencian y cómo trabajan juntos.
Qué es el EU ETS
El EU ETS (European Union Emissions Trading System) es el Sistema de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea. En funcionamiento desde 2005, es el sistema de precio al carbono más antiguo y de mayor escala del mundo.
Funciona bajo el principio de cap and trade:
- La UE establece un techo máximo de emisiones permitidas para los sectores regulados.
- Las empresas dentro de esos sectores reciben o compran derechos de emisión (EUAs): cada derecho equivale a una tonelada de CO₂.
- Si una empresa emite menos de lo permitido, puede vender el excedente. Si emite más, debe comprar derechos adicionales.
- El techo total se reduce cada año, forzando una reducción progresiva de emisiones.
A quién afecta el EU ETS
El EU ETS afecta a las instalaciones productivas ubicadas dentro de la UE de sectores específicos:
- Producción de energía eléctrica y calor.
- Industrias del acero, el hierro, el cemento, el vidrio y la cal.
- Industrias química y petroquímica.
- Fabricación de aluminio y otros metales no ferrosos.
- Aviación dentro del espacio europeo.
- Transporte marítimo (incorporado progresivamente desde 2024).
La obligación recae sobre el operador de la instalación: la empresa que fabrica o produce en territorio europeo.
Qué es el CBAM
El CBAM (Carbon Border Adjustment Mechanism) es el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono, regulado por el Reglamento (UE) 2023/956, modificado por el Reglamento (UE) 2025/2083, y plenamente vigente en su fase financiera desde enero de 2026.
El CBAM extiende el precio del carbono europeo a los productos importados desde países terceros. La obligación no recae sobre el fabricante extranjero, sino sobre el importador europeo.
A quién afecta el CBAM
El CBAM afecta a las empresas establecidas en la UE que importan determinados productos industriales desde países fuera de la Unión:
- Hierro y acero.
- Aluminio.
- Cemento.
- Fertilizantes nitrogenados.
- Electricidad.
- Hidrógeno.
Para una visión completa de todo el mecanismo: Guía completa sobre el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM). Si todavía tienes dudas y quuere saber si tu empresa está siendo afectada por el CBAM consulta esta herramienta de diagnóstico con 6 preguntas y descubre si te afecta, qué obligaciones tienes y cuál es tu siguiente paso.
Las diferencias clave: CBAM vs ETS
1. Quién está obligado
| EU ETS | CBAM | |
|---|---|---|
| Sujeto obligado | Productor / operador de la instalación dentro de la UE | Importador europeo de productos fabricados fuera de la UE |
| Quién paga | La empresa que fabrica en Europa | La empresa que importa desde fuera de Europa |
| Relación con el producto | Afecta al proceso de producción | Afecta al acto de importación y se calcula según el proceso de producción en el país de origen |
2. La unidad y el precio
| EU ETS | CBAM | |
|---|---|---|
| Unidad | Derecho de emisión (EUA) = 1 tCO₂e | Certificado CBAM = 1 tCO₂e |
| Precio | Determinado por el mercado (oferta y demanda de EUAs) | Promedio semanal de las subastas del EU ETS (trimestral en 2026) |
| Dónde se obtienen | Asignación gratuita + subasta en mercado regulado + mercado secundario | Solo compra directa a la Autoridad Competente del Estado miembro |
| Pueden venderse | Sí, en el mercado secundario | Solo hasta el 33% de los adquiridos en el ejercicio anterior. Solo puedo comprarlo AC. |
| Caducidad | Sin caducidad anual | Los sobrantes se cancelan sin compensación el 1 de noviembre |
3. Qué se declara y cuándo
| EU ETS | CBAM | |
|---|---|---|
| Objeto de la declaración | Emisiones reales de la instalación productiva en Europa | Emisiones embebidas en los productos importados |
| Plazo de declaración anual | Informe verificado antes del 31 de marzo; entrega de derechos antes del 30 de septiembre | Antes del 30 de septiembre |
| Verificación | Obligatoria por verificador acreditado | Obligatoria por verificador acreditado (o valores por defecto con recargos) |
| Conservación de registros | Regulada por la directiva ETS | 6 años desde la declaración |
Consulta el calendario de fechas clave y plazos obligatorios.
4. La obligación trimestral (CBAM, desde 2027)
Una diferencia operativa relevante que no tiene equivalente en el EU ETS: a partir de 2027, el CBAM introduce la Regla de Tenencia Trimestral del 50%. Al final de cada trimestre, el declarante autorizado debe tener en su cuenta al menos el 50% de los certificados equivalentes a las emisiones acumuladas desde el inicio del año.
Esto obliga a una gestión activa y continua del inventario de certificados durante todo el ejercicio, que no existe en el EU ETS.
5. Los derechos de emisión gratuitos
El EU ETS históricamente ha asignado parte de los derechos de emisión de forma gratuita a instalaciones en riesgo de fuga de carbono, para compensar su pérdida de competitividad frente a importaciones sin precio al carbono.
El CBAM elimina esa justificación. A medida que el CBAM entre plenamente en vigor, los derechos de emisión gratuitos del EU ETS para los sectores cubiertos se reducirán progresivamente hasta desaparecer en 2034. El CBAM protege la competitividad de los productores europeos sin necesidad de asignar derechos gratuitos.
Cómo se relacionan CBAM vs ETS: son complementarios, no alternativos
El CBAM y el EU ETS no son acumulativos. El objetivo es que el precio del carbono sea equivalente, no doble.
No hay doble imposición. Si el fabricante del país de origen ya ha pagado un precio por el carbono en su país (porque ese país tiene un mecanismo de precio al carbono reconocido), ese precio se descuenta del número de certificados CBAM que debe entregar el importador.
Cierran el mismo sistema. El EU ETS pone precio al carbono para los productores dentro de la UE. El CBAM extiende ese precio a los productos que entran desde fuera. Juntos, no hay forma de fabricar para el mercado europeo sin contribuir al precio del carbono, sea produciendo dentro o importando desde fuera.
Esta complementariedad es intencional. El CBAM no es proteccionismo; es el cierre lógico de un sistema que, sin este mecanismo, generaría una ventaja injustificada para los productores de países sin regulación climática.
Tabla comparativa completa: CBAM vs ETS
| Característica | EU ETS | CBAM |
|---|---|---|
| Regulación base | Directiva 2003/87/CE | Reglamento (UE) 2023/956 + Regl. 2025/2083 |
| Ámbito geográfico | Instalaciones dentro de la UE | Importaciones desde fuera de la UE |
| Sujeto obligado | Operador de la instalación | Importador europeo |
| Sectores | Energía, industria pesada, aviación, marítimo | Acero, aluminio, cemento, fertilizantes, electricidad, hidrógeno |
| Unidad | Derecho de emisión (EUA) | Certificado CBAM |
| Precio | Mercado (subasta + secundario) | Promedio semanal de subastas ETS |
| Derechos gratuitos | Sí, en reducción progresiva hasta 2034 | Sí, en reducción progresiva hasta 2034 |
| Verificación | Obligatoria | Obligatoria (o valores por defecto con recargos) |
| Declaración anual | 31 de marzo (informe) y 30 de septiembre (entrega) | Antes del 30 de septiembre |
| Obligación trimestral | No | Regla del 50% (desde 2027) |
| Sanción base | 100 €/tCO₂e | 100 €/tCO₂e (+ 3-5x si no hay autorización) |
| Conservación documentación | Regulada por directiva ETS | 6 años |
Implicaciones prácticas según tu actividad
Si eres productor industrial en España (acero, cemento, aluminio…), estás sujeto al EU ETS. El CBAM no te afecta directamente como productor, pero sí te beneficia: tus competidores extranjeros que exportan a Europa ahora tienen que pagar por su carbono igual que tú. El CBAM elimina la ventaja competitiva que tenían por no asumir ese coste.
Si eres importador español de los productos mencionados, el EU ETS no te afecta directamente, pero el CBAM sí. Eres tú quien debe registrarse, gestionar los datos de emisiones de proveedores, comprar certificados, cumplir la Regla del 50% trimestral y presentar la declaración anual antes del 30 de septiembre.
Si eres importador y también productor, es posible que estés sujeto a ambos mecanismos por distintas partes de tu actividad. La gestión coordinada de ambas obligaciones evita duplicidades y permite optimizar el coste total del carbono.
Aquí te dejamos una guía completa sobre cómo funciona el CBAM paso a paso.
El precio del carbono como variable estratégica permanente
Tanto el EU ETS como el CBAM tienen el precio del CO₂ europeo como denominador común. Ese precio ha mostrado una tendencia ascendente estructural desde 2018 y se espera que continúe en la medida en que los objetivos climáticos europeos se endurezcan.
La implicación para cualquier empresa afectada por alguno de los dos mecanismos es la misma: el coste del carbono no es estático ni temporal. Las empresas que lo integran como variable permanente en su planificación financiera y estrategia de proveedores están mejor posicionadas que las que lo gestionan como un coste extraordinario.
¿Tienes dudas sobre si el EU ETS, el CBAM o ambos aplican a tu actividad? En NATECO analizamos tu situación de forma gratuita.
