Qué riesgos financieros tiene no hacer una auditoría CBAM a tiempo

El CBAM no es un trámite que se gestiona en los últimos meses del año. Las obligaciones se acumulan desde enero de 2026 y la primera declaración con entrega de certificados tiene plazo en septiembre de 2027. Las empresas que esperan a ese momento para ordenar sus datos se encuentran con cuatro problemas financieros que son evitables. En NATECO te explicamos que riesgos financieros puede tiener no hacer una auditoría CBAM a tiempo. 

Para saber si tu empresa está siendo afectada por el CBAM consulta esta herramienta de diagnóstico con 6 preguntas y descubre si te afecta, qué obligaciones tienes y cuál es tu siguiente paso.

Qué es una auditoría CBAM

Una auditoría CBAM no es una inspección externa. Es un proceso interno de revisión que una empresa importadora realiza o encarga para verificar que tiene bajo control todos los elementos que determinan su coste y su cumplimiento:

  • Que los productos importados están correctamente clasificados por código NC. (Consulta la lista completa de productos CBAM por código TARIC para verificar tus productos concretos)
  • Que las emisiones embebidas de cada producto y proveedor están calculadas correctamente.
  • Que los datos de emisiones de los proveedores son verificables o están ya verificados.
  • Que el número de certificados calculado es correcto.
  • Que la documentación de soporte es suficiente para una posible revisión de la AEAT.

Sin esta revisión, el importador llega a la declaración de septiembre de 2027 sin saber con precisión cuánto debe, con qué documentación cuenta y si los datos que tiene son válidos.

Riesgo 1: Sobrecoste por valores por defecto evitables

Los valores por defecto de la Comisión Europea se aplican cuando el importador no dispone de datos verificados de las emisiones reales de sus proveedores. Incluyen una penalización sobre la media del sector diseñada para incentivar el uso de datos reales.

El problema: obtener datos verificados de los proveedores lleva tiempo. Si empiezas el proceso en el segundo semestre de 2027, llegas demasiado tarde para la declaración del año 2026. Tienes que usar valores por defecto para todo ese año aunque tus proveedores sean eficientes.

A efectos comparativos y orientativos, sin aplicar el ajuste por asignación gratuita:

Para una empresa que importa 3.000 toneladas de acero desde un proveedor con horno de arco eléctrico (emisiones reales: 0,7 tCO₂e/t) frente a los valores por defecto (2,2 tCO₂e/t):

  • Estimación bruta con datos reales: 3.000 × 0,7 × 75,36 = 158.256 €
  • Estimación bruta con valores por defecto: 3.000 × 2,2 × 75,36 = 497.376 €
  • Diferencia orientativa: 339.120 €

Estas cifras son estimaciones brutas que no incorporan el ajuste por asignación gratuita del artículo 31. El coste real de certificados será inferior en ambos casos. Lo que sí mantiene su validez es la diferencia proporcional entre usar datos reales verificados y valores por defecto: cuanto mayor sea esa diferencia de emisiones con tu proveedor, mayor es el ahorro por obtener datos verificados.

Riesgo 2: Clasificación incorrecta de productos

Un error en el código NC del producto puede generar dos tipos de problema opuestos:

Clasificar como CBAM algo que no lo es. Pagas certificados innecesarios. Es un sobrecoste directo que no recuperas salvo que corrijas la declaración antes de que sea definitiva.

No clasificar como CBAM algo que sí lo es. No declaras emisiones que deberías declarar. Eso es un incumplimiento con sanción.

Los sectores con mayor riesgo de error de clasificación en el CBAM son el acero (muchas exclusiones dentro del capítulo 72), el cemento (las arcillas no calcinadas quedan fuera desde el Reglamento (UE) 2025/2083) y los fertilizantes (el código 3105 60 00 está excluido).

Una auditoría previa revisa código a código que la clasificación es correcta antes de que se traduzca en un problema.

Riesgo 3: Provisión insuficiente en el presupuesto

El CBAM tiene impacto directo en la cuenta de resultados desde el año 2026. Si no está provisionado en el presupuesto anual, el coste emerge de golpe en 2027 cuando hay que comprar los certificados y afecta al margen del ejercicio sin que haya podido planificarse.

El problema: muchas empresas importadoras todavía no han incorporado el CBAM como línea de coste en sus presupuestos. Lo tratan como un gasto regulatorio que «ya se verá». Cuando el importe real aparece (a veces por encima de lo esperado por el uso de valores por defecto) no hay provisión que lo absorba.

Una auditoría CBAM realizada antes del cierre del presupuesto anual permite estimar el coste con suficiente precisión para provisionarlo adecuadamente y evitar la sorpresa.

Riesgo 4: Sanciones por incumplimiento

Para el periodo definitivo desde 2026, el artículo 26 del Reglamento (UE) 2023/956 establece el siguiente régimen sancionador:

Por falta de entrega de certificados: la sanción es equivalente a la sanción por exceso de emisiones del EU ETS —actualmente 100 €/tCO₂e, actualizable conforme a la normativa vigente—, por cada certificado no entregado. El pago de la sanción no elimina la obligación de entregar los certificados pendientes: ambas obligaciones son independientes.

Por importar sin ser declarante autorizado: la sanción puede ser de tres a cinco veces el importe anterior por cada certificado que debería haberse entregado.

Estas sanciones son significativamente más severas que las aplicables durante la fase transitoria (2023-2025). 

Para ver la cuantificación completa de las sanciones, consulta Sanciones y multas por incumplimiento del CBAM.

Cuándo hacer la auditoría CBAM

El momento óptimo para hacer la auditoría CBAM es durante el primer trimestre de 2026, con las importaciones del año en curso ya empezando a acumularse. Hacerla en ese momento permite:

  • Identificar errores de clasificación antes de que generen un año completo de datos incorrectos.
  • Iniciar la coordinación con proveedores para datos verificados con tiempo suficiente.
  • Provisionar el coste en el presupuesto 2027 con datos reales.
  • Preparar la documentación de soporte sin prisas de último momento.

Hacerla en el segundo semestre de 2027 todavía es útil para corregir lo que se pueda antes del plazo, pero el margen de mejora es mucho menor.

Qué cubre una auditoría CBAM bien hecha

Una auditoría CBAM estructurada revisa estos cuatro bloques:

Alcance y clasificación Revisión de todos los productos importados, verificación de sus códigos NC contra el Anexo I del Reglamento (UE) 2023/956 y actualización conforme a las modificaciones del Reglamento (UE) 2025/2083.

Datos de emisiones Estado de la coordinación con cada proveedor para datos verificados, identificación de los que usan valores por defecto y estimación del sobrecoste por cada uno, hoja de ruta para obtener datos antes del plazo de declaración.

Certificados y provisión Cálculo actualizado de la exposición total en certificados, validación de la provisión contable y planificación de la compra de certificados a partir de febrero de 2027.

Documentación y trazabilidad Revisión de que la documentación de soporte es suficiente para una posible auditoría de la AEAT: datos verificados de proveedores, informes de verificación, pruebas de carbon pricing en origen si aplica.

¿Quieres revisar el estado de cumplimiento CBAM de tu empresa antes de que sea urgente? En NATECO auditamos tu exposición y gestionamos todo el proceso para que llegues a septiembre de 2027 con la documentación en orden.

Preguntas frecuentes

¿La auditoría CBAM es obligatoria por ley?

No existe un requerimiento legal de realizar una auditoría CBAM interna. Lo que sí es obligatorio es presentar una declaración correcta. La auditoría es el proceso que garantiza que la declaración será correcta.

¿Quién puede hacer la auditoría CBAM?

Puede hacerla el equipo interno si tiene la formación técnica necesaria, o externalizarse a una consultoría especializada. La diferencia clave está en la capacidad de verificar que la metodología de cálculo de emisiones es correcta conforme al Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2547 (métodos de cálculo de emisiones implícitas para el periodo definitivo desde 2026) y que el proceso de verificación cumple lo establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2546 (verificación de emisiones declaradas).

¿Tiene sentido hacer la auditoría si ya usamos valores por defecto para todo?

Sí, especialmente para ese caso. La auditoría permite identificar para cuáles proveedores es económicamente rentable obtener datos verificados antes del plazo y calcular el ahorro potencial en certificados caso por caso.

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Reglamento (UE) 2023/956

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Reglamento (UE) 2025/40

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Ya se aplica · 12.08.2026

Declaración de conformidad, RAP, registro y plan de prevención de cada envase que pones en el mercado.

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Reglamento (UE) 2023/1115

Consultoría EUDR

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